12.06.10
Estimados amigos de la red Cultural Golpedetierra:
A propósito del tema : Derecho de autor y propiedad intelectual, comparto con ustedes la importante información recibida a mi correo enviada por Henry Guevara Díaz.
Cordialmente,
July Sánchez
Suscrita a la red
Con el propósito de seguir sumando a estos aspectos, debo empezar compartiendo que el enfoque que nos precede lo entiendo como descriptivo de una parte importante de esta historia relacionada a los derechos de autor y propiedad intelectual que es necesario analizar, pero la cual considero con sinceridad, se precipita en la conclusión final que nos deja.
Estamos comenzando un debate –eso espero- y creo que no debiéramos comenzar concluyendo. El análisis descriptivo del Sr. Velarde Reyes es bueno y constituye parte importante de lo que también debe tratarse, como es: el papel que juega y ha jugado la tecnología en relación a la propiedad intelectual y los derechos de autor.
Sin embargo, considero que la base de este tema, intrínseco a todo acto humano creativo puesto al servicio de los demás, como lo es el derecho de autor y propiedad intelectual, es el tema a discutir en esencia, ello, más allá de cómo la tecnología haya avanzado o no en determinada dirección, o pueda esta haber dado lugar a nuevas dinámicas sociales tanto artísticas como empresariales.
Considero muy positivo que la luz lanzada vaya dando lugar a nuevas reflexiones... el propósito es seguir... pues hay algo cierto en todo esto, de una u otra forma, sea como creadores o usuarios de creaciones de terceros, nos encontramos vinculados de una u otra forma a este tema y por tanto, nos debemos la oportunidad de enfocar el mismo con el mayor acierto posible, ello se logrará reforzando esta discusión para abrir nuevas luces al respecto.
Hay mucho por seguir aprendiendo entre nosotros y nuestro entorno en relación al Derecho de Autor y propiedad intelectual, pues muchos hemos ignorado o le hemos corrido a la responsabilidad y se la hemos dejado en manos de otras personas o terceros, quienes hoy en día son objeto de nuestras propias criticas, desacuerdos y dada la experiencia, excepcionalmente, con aciertos.
Por ello, me permito compartir algunos conceptos que merecerían atención como base al momento de tratar estos temas:
* “La Propiedad Intelectual es definida como las creaciones de la mente: las invenciones, las obras literarias y artísticas, los símbolos, los nombres, las imágenes dibujos y modelos, Etc, utilizados en un medio determinad con fines establecidos, sean esto de disfrute, de goce o comerciales.
*La Propiedad Intelectual como tal se divide en dos categorías: la Propiedad Industrial, que incluye las invenciones, patentes, marcas, dibujos y modelos industriales - y aquí podemos identificar la influencia de la tecnología- ; y el Derecho de Autor, que abarca las obras literarias y artísticas, tales como las novelas, los poemas y las obras de teatro, las películas, las obras musicales, las obras de arte, tales como los dibujos, pinturas, fotografías y esculturas, y los diseños arquitectónicos.
* Los derechos relacionados con el Derecho de Autor son los derechos de los artistas creadores, intérpretes y/o ejecutantes sobre sus interpretaciones y ejecuciones, los derechos de los productores de fonogramas – tema tecnológico - sobre sus grabaciones y los derechos de los organismos de radiodifusión sobre sus programas de radio y de televisión.
*Como tal, El Derecho de Autor forma parte en verdad de un cuerpo más amplio del Derecho conocido con el nombre de Derecho de la Propiedad Intelectual, entendida como Propiedad Intelectual a toda creación del intelecto humano, en ese sentido, los derechos de propiedad intelectual se orientan a proteger los intereses de los creadores al ofrecerles prerrogativas en relación a sus creaciones.
La Propiedad Intelectual tiene que ver con la información o los conocimientos que puedan incorporarse en objetos tangibles de los que eventualmente se pueden hacer un número ilimitado de ejemplares y en todos los lugares del mundo, pero la Propiedad Intelectual no reside en dichos ejemplares, sino, - y antes bien – como dicen los tratados, en la información y conocimientos contenidos y reflejados en los mismos. Es así que los denominados derechos de propiedad intelectual son también a veces objeto de determinadas limitaciones como en el caso de los Derechos de Autor – aquí entra el aspecto musical por ejemplo – y el de las patentes, las cuales son vigentes durante un plazo determinado según la legislación de cada país.
*Finalmente, saber que se establecen fundamentalmente dos razones para explicar la necesidad de que los países promulguen leyes de protección de propiedad intelectual. En primer lugar, par proteger a través de las leyes los derechos Morales y Patrimoniales de los creadores respecto de sus obras o creaciones – aquí podemos encontrar a autores que sólo desean incluso tener interés en una protección moral, y renuncie a algún interés patrimonial o económico de su creación -. En segundo lugar –según la legislación y el derecho en general – con miras a promover la creatividad y a los fines de difusión . Y Finalmente, para promover prácticas comerciales leales.
En conclusión, son dos grandes ramas las que subdividen en la propiedad intelectual: la Propiedad Industrial (referidas a las invenciones o formatos industriales) en este caso, vale el análisis de la influencia de la tecnología que muy bien se hizo en la descripción del comentario anterior, y los Derechos de Autor, aplicable a las obras literarias y artísticas. Esta última, es la que motiva nuestro interés en lo que al tratamiento de las obras musicales se refiere.
Como vemos, la separación y ubicación de los conceptos puede brindarnos una mayor ubicación de lo que pretendemos discutir…
La protección de las obras, el respeto y tratamiento legal de los derechos de autor, como podemos observar, merece y debería ser tratada tomando como fundamento irrenunciable la protección moral – y eventualmente patrimonial – de los creadores respecto de sus obras o creaciones y en segundo lugar, con el propósito de promover la creatividad y difusión legal de la misma.
Es aquí donde debemos preguntarnos,
¿Contamos con un entorno o instituciones que están favoreciendo a estos propósitos en nuestro medio?
¿Qué debemos proponer entonces como alternativa de ser negativa nuestra respuesta?
Dejo por ahora ha consideración las posibles respuestas a este tema, las que con seguridad pueden sumar a un propósito y proyecto mayor…
Cordialmente.
JINRE
* (Conceptos legales tomados en gran parte de las definiciones de la Organización Mundial de Propiedad Intelectual, http://www.wipo.int/about-ip/es/)
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10.06.10
Saludos afectuosos para July, Dario, Jinre y Vicuña que nos hace llegar esta investigacion. He leido la opinion de quienes investigan sobre la produccion intelectual en relacion a las canciones, en este caso "Cholo soy...". No recuerdo cuando se creo el APDAYC, nos muestra una Institucion que no investiga; solo recauda, recauda.
Es de conocimiento publico que algunos cantantes, conjuntos, han cantado creaciones de otros que no tuvieron la oportunidad de salir de sus pueblos 1950-1960 mas o menos. Antes de eso pocos autores quedaron en nuestra memoria, por eso decimos que el APDAYC recauda por creaciones populares y no las devuelve a sus poblaciones.
Creo que se puede y se debe corregir estas apropiaciones ilicitas; salvo que por escrito un autor se lo regale a un artista que ya es cantante y como en este caso le pòne la musica. Algunas veces, se hacen este tipo de regalos, la emocion, muchas veces, rebaza la cordura.
En estos tiempo de difusión es menos posible este tipo de apropiaciones intelectuales; sinembargo tambien debiera difundirse en los colegios desde primaria.
Alejandrina Ayala
Suscrita a la red
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10.06.10
La "propiedad intelectual" deviene del concepto juridico británico derecho de autor que se debatió por primera vez en el Statute of Anne (Estatuto de Ana) de 1710. La primera forma de circulación masiva del conocimiento fué mediante la imprenta (S. XV, Guttemberg), que generó con el tiempo la "necesidad" de normar su control en el mundo occidental (dicho sea de paso, las gacetas, libros, folletos, volantes, etc., promovieron su ingreso a la era moderna).
Es cierto que las tecnologías que transmiten y masifican el conocimiento son el factor principal del debate. Su innovación cada vez más acelerada impone el desafío de normarlas en beneficio del bien común y no de particulares intereses económicos que terminan siendo geopolíticos. En ese desafío los países del sur tenemos que saber posicionar principios de derecho en foros mundiales, sino, seguiremos igual.
Mouhamadou Moustapha Lo (creo que es senegalés), ofrece un compendiado texto sobre este aspecto de los derechos y deberes humanos desde la visión el sur: http://vecam.org/article717.html
Marcela Cornejo
Suscrita a la red
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09.06.10
Estimados señores
La propiedad intelectual en la autoría es un fenómeno reciente, y surge como respuesta a una innovación tecnológica que se llamó el disco. Como la música podía ser grabada y producir una rentabilidad, ésta podría haber sido enajenada exclusivamente por los dueños de la tecnología. Sin embargo las leyes de propiedad intelectual permitieron que el autor recibiera una participación por la ejecución de sus obras, lo mismo que los intérpretes.
Este negocio ocasionó que en el momento más intenso de utilidades de la venta de discos, lo músicos más vendedores del mundo solo produjeran un disco al año, y las ganancias les permitían vivir el resto sin realizar más acciones que ciertas actuaciones para dar publicidad a sus discos.
Pero la tecnología avanza, y luego que la llegada del cassette resultara una amenaza a los discos de vinilo, estos mantuvieron su vigencia, en especial por la calidad de grabación. Cuando llega la tecnología del CD, hubo un resurgimiento temporal del éxito de la venta de discos, pero la tecnología de grabación personal vuelve a impactar, porque un CD es una grabación digital, no física como en el vinilo o en el cassette, por tanto toda copia es fiel al original. Uno podía comprar un CD, y realizar las copias que quisiera, por tanto regalarlas a sus amigos (difusión gratuita aunque teóricamente pirata por infringir la regla de no copiar), o venderlas como acto llamado piratería. Los llamados a decir que los CD piratas malograban los equipos, y otros mensajes no impidieron que la mayoría de CDs vendidos sean de ediciones piratas.
Con las tecnologías de la miniaturización (MP3, memorias flash, USB), el objetivo de las grandes empresas de tecnología es la venta de sus equipos, no de las obras o interpretaciones. Comprar actualmente un CD original es un asunto de sofistificación a la que las mayorías, con o sin dinero, no aspiran. Por ello las agrupaciones musicales han tenido que volver a trabajar en vivo, y por eso (más que por la ley de Luciana en el Congreso), muchos grupos vienen, no porque les guste venir, sino porque tienen que venir. Sin conciertos no hay ingresos..
Bueno, disculpen lo extenso, pero como conclusión: las leyes de propiedad respondían a una tecnología que ha sido absolutamente rebasada, por tanto es totalmente obsoleta.
Atentamente
Carlos Velarde Reyes
Suscrito a la red
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09.06.10
Ley de Mecenazgo Cultural
http://www.larepubl ica.pe/archive/ all/larepublica/ 20100609/ 29/node/271154/ todos/11
Fuente: Diario La República
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08.06.10
En países como el nuestro, donde no existen espacios para discutir ampliamente sobre las políticas públicas y privadas acerca del derecho de autor o de propiedad intelectual, resulta lamentable como una vez más la consternaciones pueden impedirnos ver las situaciones en su real dimensión. En el artículo en referencia no se habla de ningún “descubrimiento” por el contrario, se menciona una información que a decir de la nota es una información que manejamos desde hace tiempo atrás muchos de nosotros. Lo que sí creo entender notoriamente en el informe referido es que el tema se genera por una motivación mayor como es el de reflexionar en torno a un asunto muy poco discutido y asumido como debate formal y que precisamente es el respeto al derecho de autor o de propiedad intelectual. Que se pretenda reducir esto a demandar un “artificio periodístico”, me parece desacertado. No solo el tema de apropiación autoral que puede ser graficado con la referencia mencionada, sino el tema de omisión autoral tan común en nuestros días o el tema de asumir la propiedad del derecho intelectual de creaciones populares por parte de una institución monopólica con el aval de instituciones oficiales deberían merecer mayor atención.
La posesión de derechos de autor en el vigente orden mundial con avances tecnológicos intensos merecería ya una reformulación de políticas públicas en nuestro país: ¿Hasta dónde la protección consistente de los derechos de propiedad intelectual generan estímulos y financian la creatividad? ¿Hasta dónde aprovechar las nuevas oportunidades tecnológicas para democratizar el acceso a la cultura y la información?
Un tema para la discusión y que ya es un debate mundial.
Lo que si debe ser indiscutible es no dejar el tema en manos de empresas que pretenden dominar el patrimonio creativo con desinformación.
Cordialmente
July Sánchez Fuentes
Investigadora Cultural
Escuela Nacional Superior de Folklore
“José María Arguedas”
Suscrita a la red
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05.06.10
Me acaban de enviar por email un artículo sobre "Cholo soy y no me compadezcas", y me sorprendí tanto del mismo que decidí hacer una búsqueda en la internet, encontrándolo en el siguiente lugar: http://jinre-jinre.blogspot.com/
El artículo está fresco (lo acaban de publicar), bien estructurado y sustentado, ya que sigue la secuencia de hechos que dieron origen al tema en discusión. Pero, lo que me llamó mucha la atención, a pesar que el tema trata sobre el plagio que ocurrió hace 37 años, es que las publicaciones tanto de La Prensa como de Expreso, que toma como referencia y publica fotos de las mismas, fueron dadas todas ellas por mí anteriormente... pero no se me menciona para nada en las fuentes, al final del artículo.
Respondiendo a la inquietud de dos miembros del grupo cultural "Golpe de Tierra", sobre el vals "Cholo soy y no me compadezcas", el 23 de octubre de 2008, con copia enviada a "Lista de Música Criolla", conté la historia de dicho vals. En febrero de este año, un tocayo mío del grupo "Soy Peruano", preguntaba si dicho vals era argentino y con fecha 24 de febrero de 2010, y copia escondida a "Criollos Peruanos" y un par de amigos, le respondí lo mismo que había contado en "Golpe de Tierra" en el 2008. Lo que escribí, en ambas oportunidades, fue:
'La letra de "Cholo soy y no me compadezcas" es del poeta gauchesco Boris Elkin y la música sí le pertenece a Luis Abanto Morales.
No sé por qué razón, desde un inicio, Luis Abanto Morales presentó al vals aquel como de su autoría, participando con el mismo en el Tercer Festival de Sullana que se llevó a cabo del 4 al 7 de enero de 1973.
En la edición de La Prensa del 3 de enero de 1973, Alfredo Kato comenta sobre algunos de los artistas que iban a participar en dicho festival, como Lucía de la Cruz, Charito Alonso, Juan Mosto, Los Ases del Perú y Luis Abanto Morales. Kato añade de que Luis Abanto Morales iba a defender su propia composición "Cholo soy y no me compadezcas" y "El Todopoderoso" de Santiago Vega Zegarra.
La Prensa del 9 de enero de 1973 anuncia que el vals "Perdón por adorarte" de Félix Figueroa, que fue interpretado por Lucía de la Cruz, quien tenía 19 años, ganó la "Capullana de Oro" y 15 mil soles que eran los premios para el ganador del Festival de Sullana. La "Capullana de Plata" fue ganada por el vals "Nada soy" de Genaro Ganoza y Javier Dulanto, que fue interpretado por Charito Alonso. En tercer lugar, haciéndose acreedor a la "Capullana de Bronce" quedó el vals "Cholo soy y no me compadezcas" que fue interpretado por su mismo autor, Luis Abanto Morales.
En dicho Festival de Sullana empieza la historia de "Cholo soy y no me compadezcas" y Luis Abanto Morales se decide a popularizarlo. Aquello no le fue difícil al popular "Cholo" ya que por esos tiempos el Perú estaba gobernado por la dictadura militar que alentaba el nacionalismo y su vals pegó rápidamente en el pueblo, no sólo por la letra sino también por el sentimiento que Luis Abanto Morales le ha inculcado cada vez que lo ha interpretado.
El vals ya se escuchaba en todos los rincones del Perú cuando, de repente, en el suplemento dominical "Estampa" del diario Expreso del 6 de julio de 1975, se informa de que "Cholo soy y no me compadezcas" era un plagio del poema "No me compadezcas", que pertenecía al poeta gauchesco Boris Elkin. El poeta aquel había nacido en la Argentina en 1905 y falleció en 1952. Escribió poesía gauchesca y como Luis Abanto Morales vivió varios años en la Argentina, allí se aprendió el poema aquel, decidiendo, muchos años después, ponerle música. Pero su gran error fue presentarlo, desde un principio, como solamente de su autoría.
En la edición del domingo 13 de julio de 1973 del mismo suplemento "Estampa", de Expreso, que denunció el plagio, Luis Abanto Morales hace publicar una carta donde admite que la letra de "Cholo soy y no me compadezcas" no le pertenece. Según cuenta él en su carta, un payador argentino, en agradecimiento, se la concedió atribuyéndosela como propia para que nuestro compositor le ponga música que vaya acorde con el mensaje de la letra. Desde aquella oportunidad, Luis Abanto Morales siempre ha aclarado que la letra de su inmortal vals no le pertenece.'
A las mismas cuatro ediciones de periódicos que nombré, les han tomado foto y las presentan como "descubrimiento". Lo que me llama la atención es que he visto hacer anteriormente ese mismo "artificio periodístico" con un dato que nadie sabía, de hace casi 100 años, y que lo di a conocer. En aquella oportunidad, también le tomaron foto al periódico aquel, de hace casi 100 años, y alguien se lo entregó a un reconocido investigador, como si fuese su descubrimiento, sin saber el investigador que si muy bien el dato era buenísimo, pues lo estaban engañando sobre la forma cómo se descubrió el dato aquel. Nunca se lo he mencionado, pero me lo guardo como anécdota para conmigo mismo ya que quien tomó la foto no reparó en algo que solamente lo podía saber aquel que haya revisado las ediciones de los días anteriores y posteriores del periódico aquel, y que no hizo la persona aquella.
Lo que no entiendo es cómo se puede ser torpe a veces para algunas cosas, porque si les gusta obtener fácilmente los datos, y no nombrar a las fuentes, pues cualquiera va y busca otra fuente parecida. En el caso de lo que se dijo en las ediciones de La Prensa del 3 y 9 de enero de 1973, por ejemplo, esos datos los encontré revisando las ediciones diarias de La Prensa y otros periódicos, en busca de información escondida u olvidada. De esa manera he encontrado mucha información sobre el criollismo, pero revisar las ediciones diarias de periódicos de muchos años me ha costado tiempo, muy valioso para mí ya que no vivo en Lima, por lo que me extraña que quienes tengan más facilidades que yo no respeten el esfuerzo que uno hace, buscando solamente el bien de nuestra cultura.
Hubiese sido fácil buscar en otros periódicos, información sobre el Tercer Festival de Sullana, que fue donde nació la historia de "Cholo soy y no me compadezcas". Pero no, se fueron a tomarle foto, directamente, a lo que ya se sabía, como dicen que una foto vale más que mil palabras, pensando que de esa manera es más creíble el "descubrimiento".
Si muy bien lo que interesa es difundir y que se conozca la verdad de los hechos que formaron la historia, que ello no nos haga olvidar el respeto que se merece el trabajo, o la investigación, de otras personas, y lo menos que debemos hacer es mencionar las fuentes que nos permitieron obtener la información. De otro modo, en lugar de hacer un bien vamos a estar alimentando un mal que al final va a repercutir en todo lo que hagamos en nuestra vida diaria, ya que nos vamos a acostumbrar a ello. No sigamos el "ejemplo" de congresistas que copian proyectos de ley de otros países, con puntos y comas, pensando que porque los presentan muy bonito, perfumados tal vez, van a ser originales.
Si queremos un país justo, donde se respete los valores, el conocimiento y el esfuerzo de la gente, búsquemos el lograrlo poniendo nuestro granito de arena para que ello sea posible. A un adulto es difícil cambiarlo, todos lo sabemos, pero no imposible. En cambio a un niño sí podemos formarlo desde temprana edad para que crezca con valores y dignidad propia. Exijamos a nuestras autoridades que se les brinde y enseñe, adecuadamente, valores cívicos, culturales y morales a nuestra niñez, que son el futuro del país, para que más adelante ellos actúen también con valores y dignidad, haciendo lo correcto y no cometiendo el error de elegir gobernantes ni representantes corruptos, que se tiene ahora por una falta de autoestima en la población. Saludos.
Dario Mejia
Melbourne, Australia
Suscrito a la red
Estimados amigos de la red Cultural Golpedetierra:
A propósito del tema : Derecho de autor y propiedad intelectual, comparto con ustedes la importante información recibida a mi correo enviada por Henry Guevara Díaz.
Cordialmente,
July Sánchez
Suscrita a la red
Con el propósito de seguir sumando a estos aspectos, debo empezar compartiendo que el enfoque que nos precede lo entiendo como descriptivo de una parte importante de esta historia relacionada a los derechos de autor y propiedad intelectual que es necesario analizar, pero la cual considero con sinceridad, se precipita en la conclusión final que nos deja.
Estamos comenzando un debate –eso espero- y creo que no debiéramos comenzar concluyendo. El análisis descriptivo del Sr. Velarde Reyes es bueno y constituye parte importante de lo que también debe tratarse, como es: el papel que juega y ha jugado la tecnología en relación a la propiedad intelectual y los derechos de autor.
Sin embargo, considero que la base de este tema, intrínseco a todo acto humano creativo puesto al servicio de los demás, como lo es el derecho de autor y propiedad intelectual, es el tema a discutir en esencia, ello, más allá de cómo la tecnología haya avanzado o no en determinada dirección, o pueda esta haber dado lugar a nuevas dinámicas sociales tanto artísticas como empresariales.
Considero muy positivo que la luz lanzada vaya dando lugar a nuevas reflexiones... el propósito es seguir... pues hay algo cierto en todo esto, de una u otra forma, sea como creadores o usuarios de creaciones de terceros, nos encontramos vinculados de una u otra forma a este tema y por tanto, nos debemos la oportunidad de enfocar el mismo con el mayor acierto posible, ello se logrará reforzando esta discusión para abrir nuevas luces al respecto.
Hay mucho por seguir aprendiendo entre nosotros y nuestro entorno en relación al Derecho de Autor y propiedad intelectual, pues muchos hemos ignorado o le hemos corrido a la responsabilidad y se la hemos dejado en manos de otras personas o terceros, quienes hoy en día son objeto de nuestras propias criticas, desacuerdos y dada la experiencia, excepcionalmente, con aciertos.
Por ello, me permito compartir algunos conceptos que merecerían atención como base al momento de tratar estos temas:
* “La Propiedad Intelectual es definida como las creaciones de la mente: las invenciones, las obras literarias y artísticas, los símbolos, los nombres, las imágenes dibujos y modelos, Etc, utilizados en un medio determinad con fines establecidos, sean esto de disfrute, de goce o comerciales.
*La Propiedad Intelectual como tal se divide en dos categorías: la Propiedad Industrial, que incluye las invenciones, patentes, marcas, dibujos y modelos industriales - y aquí podemos identificar la influencia de la tecnología- ; y el Derecho de Autor, que abarca las obras literarias y artísticas, tales como las novelas, los poemas y las obras de teatro, las películas, las obras musicales, las obras de arte, tales como los dibujos, pinturas, fotografías y esculturas, y los diseños arquitectónicos.
* Los derechos relacionados con el Derecho de Autor son los derechos de los artistas creadores, intérpretes y/o ejecutantes sobre sus interpretaciones y ejecuciones, los derechos de los productores de fonogramas – tema tecnológico - sobre sus grabaciones y los derechos de los organismos de radiodifusión sobre sus programas de radio y de televisión.
*Como tal, El Derecho de Autor forma parte en verdad de un cuerpo más amplio del Derecho conocido con el nombre de Derecho de la Propiedad Intelectual, entendida como Propiedad Intelectual a toda creación del intelecto humano, en ese sentido, los derechos de propiedad intelectual se orientan a proteger los intereses de los creadores al ofrecerles prerrogativas en relación a sus creaciones.
La Propiedad Intelectual tiene que ver con la información o los conocimientos que puedan incorporarse en objetos tangibles de los que eventualmente se pueden hacer un número ilimitado de ejemplares y en todos los lugares del mundo, pero la Propiedad Intelectual no reside en dichos ejemplares, sino, - y antes bien – como dicen los tratados, en la información y conocimientos contenidos y reflejados en los mismos. Es así que los denominados derechos de propiedad intelectual son también a veces objeto de determinadas limitaciones como en el caso de los Derechos de Autor – aquí entra el aspecto musical por ejemplo – y el de las patentes, las cuales son vigentes durante un plazo determinado según la legislación de cada país.
*Finalmente, saber que se establecen fundamentalmente dos razones para explicar la necesidad de que los países promulguen leyes de protección de propiedad intelectual. En primer lugar, par proteger a través de las leyes los derechos Morales y Patrimoniales de los creadores respecto de sus obras o creaciones – aquí podemos encontrar a autores que sólo desean incluso tener interés en una protección moral, y renuncie a algún interés patrimonial o económico de su creación -. En segundo lugar –según la legislación y el derecho en general – con miras a promover la creatividad y a los fines de difusión . Y Finalmente, para promover prácticas comerciales leales.
En conclusión, son dos grandes ramas las que subdividen en la propiedad intelectual: la Propiedad Industrial (referidas a las invenciones o formatos industriales) en este caso, vale el análisis de la influencia de la tecnología que muy bien se hizo en la descripción del comentario anterior, y los Derechos de Autor, aplicable a las obras literarias y artísticas. Esta última, es la que motiva nuestro interés en lo que al tratamiento de las obras musicales se refiere.
Como vemos, la separación y ubicación de los conceptos puede brindarnos una mayor ubicación de lo que pretendemos discutir…
La protección de las obras, el respeto y tratamiento legal de los derechos de autor, como podemos observar, merece y debería ser tratada tomando como fundamento irrenunciable la protección moral – y eventualmente patrimonial – de los creadores respecto de sus obras o creaciones y en segundo lugar, con el propósito de promover la creatividad y difusión legal de la misma.
Es aquí donde debemos preguntarnos,
¿Contamos con un entorno o instituciones que están favoreciendo a estos propósitos en nuestro medio?
¿Qué debemos proponer entonces como alternativa de ser negativa nuestra respuesta?
Dejo por ahora ha consideración las posibles respuestas a este tema, las que con seguridad pueden sumar a un propósito y proyecto mayor…
Cordialmente.
JINRE
* (Conceptos legales tomados en gran parte de las definiciones de la Organización Mundial de Propiedad Intelectual, http://www.wipo.int/about-ip/es/)
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10.06.10
Saludos afectuosos para July, Dario, Jinre y Vicuña que nos hace llegar esta investigacion. He leido la opinion de quienes investigan sobre la produccion intelectual en relacion a las canciones, en este caso "Cholo soy...". No recuerdo cuando se creo el APDAYC, nos muestra una Institucion que no investiga; solo recauda, recauda.
Es de conocimiento publico que algunos cantantes, conjuntos, han cantado creaciones de otros que no tuvieron la oportunidad de salir de sus pueblos 1950-1960 mas o menos. Antes de eso pocos autores quedaron en nuestra memoria, por eso decimos que el APDAYC recauda por creaciones populares y no las devuelve a sus poblaciones.
Creo que se puede y se debe corregir estas apropiaciones ilicitas; salvo que por escrito un autor se lo regale a un artista que ya es cantante y como en este caso le pòne la musica. Algunas veces, se hacen este tipo de regalos, la emocion, muchas veces, rebaza la cordura.
En estos tiempo de difusión es menos posible este tipo de apropiaciones intelectuales; sinembargo tambien debiera difundirse en los colegios desde primaria.
Alejandrina Ayala
Suscrita a la red
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10.06.10
La "propiedad intelectual" deviene del concepto juridico británico derecho de autor que se debatió por primera vez en el Statute of Anne (Estatuto de Ana) de 1710. La primera forma de circulación masiva del conocimiento fué mediante la imprenta (S. XV, Guttemberg), que generó con el tiempo la "necesidad" de normar su control en el mundo occidental (dicho sea de paso, las gacetas, libros, folletos, volantes, etc., promovieron su ingreso a la era moderna).
Es cierto que las tecnologías que transmiten y masifican el conocimiento son el factor principal del debate. Su innovación cada vez más acelerada impone el desafío de normarlas en beneficio del bien común y no de particulares intereses económicos que terminan siendo geopolíticos. En ese desafío los países del sur tenemos que saber posicionar principios de derecho en foros mundiales, sino, seguiremos igual.
Mouhamadou Moustapha Lo (creo que es senegalés), ofrece un compendiado texto sobre este aspecto de los derechos y deberes humanos desde la visión el sur: http://vecam.org/article717.html
Marcela Cornejo
Suscrita a la red
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09.06.10
Estimados señores
La propiedad intelectual en la autoría es un fenómeno reciente, y surge como respuesta a una innovación tecnológica que se llamó el disco. Como la música podía ser grabada y producir una rentabilidad, ésta podría haber sido enajenada exclusivamente por los dueños de la tecnología. Sin embargo las leyes de propiedad intelectual permitieron que el autor recibiera una participación por la ejecución de sus obras, lo mismo que los intérpretes.
Este negocio ocasionó que en el momento más intenso de utilidades de la venta de discos, lo músicos más vendedores del mundo solo produjeran un disco al año, y las ganancias les permitían vivir el resto sin realizar más acciones que ciertas actuaciones para dar publicidad a sus discos.
Pero la tecnología avanza, y luego que la llegada del cassette resultara una amenaza a los discos de vinilo, estos mantuvieron su vigencia, en especial por la calidad de grabación. Cuando llega la tecnología del CD, hubo un resurgimiento temporal del éxito de la venta de discos, pero la tecnología de grabación personal vuelve a impactar, porque un CD es una grabación digital, no física como en el vinilo o en el cassette, por tanto toda copia es fiel al original. Uno podía comprar un CD, y realizar las copias que quisiera, por tanto regalarlas a sus amigos (difusión gratuita aunque teóricamente pirata por infringir la regla de no copiar), o venderlas como acto llamado piratería. Los llamados a decir que los CD piratas malograban los equipos, y otros mensajes no impidieron que la mayoría de CDs vendidos sean de ediciones piratas.
Con las tecnologías de la miniaturización (MP3, memorias flash, USB), el objetivo de las grandes empresas de tecnología es la venta de sus equipos, no de las obras o interpretaciones. Comprar actualmente un CD original es un asunto de sofistificación a la que las mayorías, con o sin dinero, no aspiran. Por ello las agrupaciones musicales han tenido que volver a trabajar en vivo, y por eso (más que por la ley de Luciana en el Congreso), muchos grupos vienen, no porque les guste venir, sino porque tienen que venir. Sin conciertos no hay ingresos..
Bueno, disculpen lo extenso, pero como conclusión: las leyes de propiedad respondían a una tecnología que ha sido absolutamente rebasada, por tanto es totalmente obsoleta.
Atentamente
Carlos Velarde Reyes
Suscrito a la red
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09.06.10
Ley de Mecenazgo Cultural
http://www.larepubl ica.pe/archive/ all/larepublica/ 20100609/ 29/node/271154/ todos/11
Fuente: Diario La República
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08.06.10
En países como el nuestro, donde no existen espacios para discutir ampliamente sobre las políticas públicas y privadas acerca del derecho de autor o de propiedad intelectual, resulta lamentable como una vez más la consternaciones pueden impedirnos ver las situaciones en su real dimensión. En el artículo en referencia no se habla de ningún “descubrimiento” por el contrario, se menciona una información que a decir de la nota es una información que manejamos desde hace tiempo atrás muchos de nosotros. Lo que sí creo entender notoriamente en el informe referido es que el tema se genera por una motivación mayor como es el de reflexionar en torno a un asunto muy poco discutido y asumido como debate formal y que precisamente es el respeto al derecho de autor o de propiedad intelectual. Que se pretenda reducir esto a demandar un “artificio periodístico”, me parece desacertado. No solo el tema de apropiación autoral que puede ser graficado con la referencia mencionada, sino el tema de omisión autoral tan común en nuestros días o el tema de asumir la propiedad del derecho intelectual de creaciones populares por parte de una institución monopólica con el aval de instituciones oficiales deberían merecer mayor atención.
La posesión de derechos de autor en el vigente orden mundial con avances tecnológicos intensos merecería ya una reformulación de políticas públicas en nuestro país: ¿Hasta dónde la protección consistente de los derechos de propiedad intelectual generan estímulos y financian la creatividad? ¿Hasta dónde aprovechar las nuevas oportunidades tecnológicas para democratizar el acceso a la cultura y la información?
Un tema para la discusión y que ya es un debate mundial.
Lo que si debe ser indiscutible es no dejar el tema en manos de empresas que pretenden dominar el patrimonio creativo con desinformación.
Cordialmente
July Sánchez Fuentes
Investigadora Cultural
Escuela Nacional Superior de Folklore
“José María Arguedas”
Suscrita a la red
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05.06.10
Me acaban de enviar por email un artículo sobre "Cholo soy y no me compadezcas", y me sorprendí tanto del mismo que decidí hacer una búsqueda en la internet, encontrándolo en el siguiente lugar: http://jinre-jinre.blogspot.com/
El artículo está fresco (lo acaban de publicar), bien estructurado y sustentado, ya que sigue la secuencia de hechos que dieron origen al tema en discusión. Pero, lo que me llamó mucha la atención, a pesar que el tema trata sobre el plagio que ocurrió hace 37 años, es que las publicaciones tanto de La Prensa como de Expreso, que toma como referencia y publica fotos de las mismas, fueron dadas todas ellas por mí anteriormente... pero no se me menciona para nada en las fuentes, al final del artículo.
Respondiendo a la inquietud de dos miembros del grupo cultural "Golpe de Tierra", sobre el vals "Cholo soy y no me compadezcas", el 23 de octubre de 2008, con copia enviada a "Lista de Música Criolla", conté la historia de dicho vals. En febrero de este año, un tocayo mío del grupo "Soy Peruano", preguntaba si dicho vals era argentino y con fecha 24 de febrero de 2010, y copia escondida a "Criollos Peruanos" y un par de amigos, le respondí lo mismo que había contado en "Golpe de Tierra" en el 2008. Lo que escribí, en ambas oportunidades, fue:
'La letra de "Cholo soy y no me compadezcas" es del poeta gauchesco Boris Elkin y la música sí le pertenece a Luis Abanto Morales.
No sé por qué razón, desde un inicio, Luis Abanto Morales presentó al vals aquel como de su autoría, participando con el mismo en el Tercer Festival de Sullana que se llevó a cabo del 4 al 7 de enero de 1973.
En la edición de La Prensa del 3 de enero de 1973, Alfredo Kato comenta sobre algunos de los artistas que iban a participar en dicho festival, como Lucía de la Cruz, Charito Alonso, Juan Mosto, Los Ases del Perú y Luis Abanto Morales. Kato añade de que Luis Abanto Morales iba a defender su propia composición "Cholo soy y no me compadezcas" y "El Todopoderoso" de Santiago Vega Zegarra.
La Prensa del 9 de enero de 1973 anuncia que el vals "Perdón por adorarte" de Félix Figueroa, que fue interpretado por Lucía de la Cruz, quien tenía 19 años, ganó la "Capullana de Oro" y 15 mil soles que eran los premios para el ganador del Festival de Sullana. La "Capullana de Plata" fue ganada por el vals "Nada soy" de Genaro Ganoza y Javier Dulanto, que fue interpretado por Charito Alonso. En tercer lugar, haciéndose acreedor a la "Capullana de Bronce" quedó el vals "Cholo soy y no me compadezcas" que fue interpretado por su mismo autor, Luis Abanto Morales.
En dicho Festival de Sullana empieza la historia de "Cholo soy y no me compadezcas" y Luis Abanto Morales se decide a popularizarlo. Aquello no le fue difícil al popular "Cholo" ya que por esos tiempos el Perú estaba gobernado por la dictadura militar que alentaba el nacionalismo y su vals pegó rápidamente en el pueblo, no sólo por la letra sino también por el sentimiento que Luis Abanto Morales le ha inculcado cada vez que lo ha interpretado.
El vals ya se escuchaba en todos los rincones del Perú cuando, de repente, en el suplemento dominical "Estampa" del diario Expreso del 6 de julio de 1975, se informa de que "Cholo soy y no me compadezcas" era un plagio del poema "No me compadezcas", que pertenecía al poeta gauchesco Boris Elkin. El poeta aquel había nacido en la Argentina en 1905 y falleció en 1952. Escribió poesía gauchesca y como Luis Abanto Morales vivió varios años en la Argentina, allí se aprendió el poema aquel, decidiendo, muchos años después, ponerle música. Pero su gran error fue presentarlo, desde un principio, como solamente de su autoría.
En la edición del domingo 13 de julio de 1973 del mismo suplemento "Estampa", de Expreso, que denunció el plagio, Luis Abanto Morales hace publicar una carta donde admite que la letra de "Cholo soy y no me compadezcas" no le pertenece. Según cuenta él en su carta, un payador argentino, en agradecimiento, se la concedió atribuyéndosela como propia para que nuestro compositor le ponga música que vaya acorde con el mensaje de la letra. Desde aquella oportunidad, Luis Abanto Morales siempre ha aclarado que la letra de su inmortal vals no le pertenece.'
A las mismas cuatro ediciones de periódicos que nombré, les han tomado foto y las presentan como "descubrimiento". Lo que me llama la atención es que he visto hacer anteriormente ese mismo "artificio periodístico" con un dato que nadie sabía, de hace casi 100 años, y que lo di a conocer. En aquella oportunidad, también le tomaron foto al periódico aquel, de hace casi 100 años, y alguien se lo entregó a un reconocido investigador, como si fuese su descubrimiento, sin saber el investigador que si muy bien el dato era buenísimo, pues lo estaban engañando sobre la forma cómo se descubrió el dato aquel. Nunca se lo he mencionado, pero me lo guardo como anécdota para conmigo mismo ya que quien tomó la foto no reparó en algo que solamente lo podía saber aquel que haya revisado las ediciones de los días anteriores y posteriores del periódico aquel, y que no hizo la persona aquella.
Lo que no entiendo es cómo se puede ser torpe a veces para algunas cosas, porque si les gusta obtener fácilmente los datos, y no nombrar a las fuentes, pues cualquiera va y busca otra fuente parecida. En el caso de lo que se dijo en las ediciones de La Prensa del 3 y 9 de enero de 1973, por ejemplo, esos datos los encontré revisando las ediciones diarias de La Prensa y otros periódicos, en busca de información escondida u olvidada. De esa manera he encontrado mucha información sobre el criollismo, pero revisar las ediciones diarias de periódicos de muchos años me ha costado tiempo, muy valioso para mí ya que no vivo en Lima, por lo que me extraña que quienes tengan más facilidades que yo no respeten el esfuerzo que uno hace, buscando solamente el bien de nuestra cultura.
Hubiese sido fácil buscar en otros periódicos, información sobre el Tercer Festival de Sullana, que fue donde nació la historia de "Cholo soy y no me compadezcas". Pero no, se fueron a tomarle foto, directamente, a lo que ya se sabía, como dicen que una foto vale más que mil palabras, pensando que de esa manera es más creíble el "descubrimiento".
Si muy bien lo que interesa es difundir y que se conozca la verdad de los hechos que formaron la historia, que ello no nos haga olvidar el respeto que se merece el trabajo, o la investigación, de otras personas, y lo menos que debemos hacer es mencionar las fuentes que nos permitieron obtener la información. De otro modo, en lugar de hacer un bien vamos a estar alimentando un mal que al final va a repercutir en todo lo que hagamos en nuestra vida diaria, ya que nos vamos a acostumbrar a ello. No sigamos el "ejemplo" de congresistas que copian proyectos de ley de otros países, con puntos y comas, pensando que porque los presentan muy bonito, perfumados tal vez, van a ser originales.
Si queremos un país justo, donde se respete los valores, el conocimiento y el esfuerzo de la gente, búsquemos el lograrlo poniendo nuestro granito de arena para que ello sea posible. A un adulto es difícil cambiarlo, todos lo sabemos, pero no imposible. En cambio a un niño sí podemos formarlo desde temprana edad para que crezca con valores y dignidad propia. Exijamos a nuestras autoridades que se les brinde y enseñe, adecuadamente, valores cívicos, culturales y morales a nuestra niñez, que son el futuro del país, para que más adelante ellos actúen también con valores y dignidad, haciendo lo correcto y no cometiendo el error de elegir gobernantes ni representantes corruptos, que se tiene ahora por una falta de autoestima en la población. Saludos.
Dario Mejia
Melbourne, Australia
Suscrito a la red
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